COMISARIOS NACIONALES DE POLICIA
Ejecutar las disposiciones del Gobernador de la provincia y demás superiores jerárquicos.Art. 15.- Serán atribuciones de los comisarios nacionales de Policía:
- Ejecutar las disposiciones del Gobernador de la provincia y demás superiores jerárquicos.
- Planificar, coordinar y ejecutar operativos de control de precios de los productos que por ley le corresponda.
- Apoyar con la fuerza pública los operativos de control que realicen las entidades públicas por solicitud expresa de éstas.
- Ejercer el control de la legalidad de las actividades de los centros de tolerancia.
- Controlar las actividades que ejercen hechiceros, adivinos y centros esotéricos con sujeción a la Constitución y la ley.
- Conocer y resolver las infracciones de violencia intrafamiliar en los lugares donde no existan comisarías de la Mujer y la Familia, en aplicación de la ley de la materia.
- Autorizar y controlar el desarrollo de espectáculos públicos, parques de diversión y juegos mecánicos, por delegación del Intendente.
- Informar a la autoridad competente sobre el cometimiento de las infracciones que no fueren de su competencia.
- Apoyar a las autoridades judiciales y fiscales en las tareas que administran justicia.
- Conocer y resolver las causas contravencionales previstas en el Código Penal común.
- Ejercer las demás atribuciones y cumplir los deberes que le señalen la Constitución y las leyes.